Resumen
El Instituto Caro y Cuervo de Colombia, creado por la Ley 5ª de 1942 y reorganizado por el Decreto Legislativo 1993 de 1954, está investido de autorizaciones para "mantener relaciones y celebrar convenios con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, y con los organismos internacionales, señaladamente con la Organización de los Estados Americanos (OEA), para llevar a la práctica las recomendaciones de varias Conferencias Interamericanas relativas al Diccionario de Rufino José Cuervo, en especial la Resolución XX de la Décima Conferencia Interamericana de Caracas, encaminada a ampliar y dar carácter continental a los trabajos del Instituto y rendir homenaje, en el nombre de Andrés Bello, al pensamiento y a la cultura de América" (Artículo 3 ' del Decreto 1993 de 1954);